Mucha gente espera su permiso de trabajo y nunca entiende por qué el conteo no avanza. La respuesta suele ser una sola: el reloj está detenido. Y con más frecuencia todavía, a esa persona nunca le dijeron qué día se detuvo ni por qué.
Esto es lo que casi nadie sabe. El 26 de septiembre de 2024, una corte federal del Distrito Oeste de Washington aprobó un acuerdo en un caso llamado Garcia Perez v. USCIS. Ese acuerdo cambió la forma en que EOIR debe manejar el reloj de asilo, y te da derechos concretos que puedes ejercer aunque no tengas abogado.
Consulta tu reloj de asilo ahora, gratis Ingresa tu número A y mira cuántos días lleva el reloj, si está corriendo o detenido, y la fecha de tu próxima audiencia. No necesitas cuenta. Consultar mi relojQué es realmente el reloj
El reloj de asilo es el período de 180 días que debe transcurrir antes de que puedas recibir un permiso de trabajo basado en una solicitud de asilo pendiente. No es un conteo de calendario. Puede detenerse y reanudarse, y así es como la gente pierde meses sin darse cuenta.
Casi siempre el reloj se detiene cuando una audiencia se aplaza por una razón atribuida a tu lado. Cada aplazamiento lleva un código. EOIR los llama Adjournment Codes, y son esos códigos los que deciden si el reloj sigue corriendo o se detiene.
Tres derechos que te da el acuerdo
1. El juez debe decir por qué aplazó el caso
Desde el acuerdo, los jueces de inmigración deben expresar claramente, en el expediente, al final de cada audiencia, la razón del aplazamiento. También pueden informar a las partes si el reloj está corriendo o detenido. Eso significa que tienes derecho a escuchar la razón en ese momento, no a descubrirla seis meses después.
2. Puedes pedir tu historial de códigos de aplazamiento
Si te presentas en corte sin abogado (pro se), puedes pedir una impresión del historial de códigos de aplazamiento relacionados con tu reloj de 180 días. Puedes pedirlo oralmente o por escrito.
- Si lo pides en persona en la corte, el personal debe dártelo en ese momento, salvo circunstancias excepcionales.
- Si lo pides por teléfono o por escrito, deben responder dentro de 25 días hábiles.
Ese papel es tu preparación. Te muestra exactamente qué día se detuvo el reloj y con qué código.
3. Puedes pedir que lo corrijan
Si crees que el reloj se detuvo por una razón equivocada, puedes presentar una solicitud de corrección del reloj de asilo. Puedes hacerlo por escrito, o de forma oral durante una audiencia. Si lo planteas oralmente, el juez debe atenderlo en el expediente.
Dónde enviarla
El destino depende de una sola cosa: si el caso está en apelación o no.
Casos en la corte de inmigración (no en apelación)
Dirige la solicitud al Administrador de la Corte (Court Administrator) y envíala al buzón de correo designado para el reloj de asilo de esa corte, o envíala por correo postal directamente a la corte. Para encontrar ese buzón, entra a la página de EOIR para localizar tu corte y busca la sección Contact the Court.
Casos en apelación
Si el caso está en apelación, lo maneja la Oficina del Asesor Jurídico de EOIR (Office of the General Counsel).
- Correo electrónico
- Asylum.Clock.OGC@usdoj.gov
- Dirección postal
- Office of the General Counsel
Executive Office for Immigration Review
5107 Leesburg Pike, Suite 2600
Falls Church, VA 22041
Attention: Asylum EAD Clock Request - Información del reloj por teléfono
- 1-800-898-7180 o 304-625-2050 (TDD 800-828-1120)
Cuánto tiempo tienen para responder
Para las solicitudes de corrección por escrito, las cortes de inmigración y la Oficina del Asesor Jurídico deben responder por escrito dentro de 25 días hábiles desde que la reciben, salvo circunstancias excepcionales. Y si rechazan o niegan tu solicitud, tienen que darte la razón.
Vale la pena notarlo: 25 días hábiles no son 25 días de calendario. Cuenta solo de lunes a viernes, sin días feriados. Eso equivale a unas cinco semanas.
Dos cambios que ayudan a mucha gente
Un cambio de sede ya no detiene el reloj
Antes, mudarse y que el caso se transfiriera a otra corte podía detener el reloj. Ahora, un cambio de sede aprobado ya no detiene el reloj de asilo en casos pendientes ante EOIR. EOIR actualizó sus códigos de decisión para reflejarlo. Si te mudaste y ves que tu reloj se detuvo por esas fechas, eso es una base sólida para pedir una corrección.
Menores no acompañados
Para menores no acompañados, las normas de USCIS son las que controlan el reloj. Los códigos de aplazamiento de EOIR asociados con la transferencia de jurisdicción de EOIR a USCIS no detienen el reloj en esos casos.
Qué hacer hoy
- Averigua en qué estado está tu reloj. Puedes verlo gratis con tu número A en nuestra página del reloj de asilo, o llamando al 1-800-898-7180.
- Si está detenido, pide tu historial de códigos de aplazamiento a tu corte.
- Mira qué día se detuvo y por qué. Compáralo con lo que realmente pasó en la audiencia.
- Si la razón no es correcta, envía la solicitud de corrección a la dirección adecuada, con tu nombre, tu número A y tu razón.
- Anota la fecha. Cuenta 25 días hábiles. Si no recibes respuesta, da seguimiento.
Si puedes hablar con un abogado de inmigración o un representante acreditado por el DOJ antes de enviarla, hazlo. Una solicitud bien redactada rinde más que una apresurada.
Consulta tu reloj de asilo ahora, gratis Ingresa tu número A y mira cuántos días lleva el reloj, si está corriendo o detenido, y la fecha de tu próxima audiencia. No necesitas cuenta. Consultar mi relojFuentes oficiales
Todo lo que decimos en esta página viene de una página del gobierno de EE. UU. Haz clic y compruébalo tú mismo.
- EOIR Fact Sheet: Garcia Perez Settlement, Asylum EAD Clock (April 2025)
- EOIR: Asylum EAD Clock Correction Requests
- EOIR Policy Memorandum 25-01: Asylum EAD Clock in Immigration Court Proceedings
- EOIR Policy Manual (Appendix O lists the adjournment codes), el DOJ reorganizó esta sección en 2026; el enlace directo al Apéndice O ya no funciona, así que este lleva a la raíz del manual
- EOIR: Find an immigration court (Contact the Court)
